Cuanto y cuando se cobra el adelanto
El acta paritaria del 2018, establece un aumento de los salarios básicos del 15% más sumas fijas en negro para llegar a un aumento de bolsillo de aproximadamente un 25%, sin una cláusula de ajuste automático.
No lo firmamos porque sabíamos que era un mal acuerdo, cuando en 2016 y 2017 firmamos acuerdos similares no cumplieron las cláusulas de revisión, perdimos de este modo 10% y 17% contra la inflación respectivamente.
Con esa experiencia en esta oportunidad exigimos una cláusula gatillo, y en defensa del poder adquisitivo de nuestros representados, nos negamos a suscribir un acuerdo que nos deja a todos a merced del Ministerio de Educación. Es así que no se encuentra representada la totalidad de la docencia universitaria en la negociación de las cláusulas de revisión.
Crónica de un final anunciado, cuando los gremios firmantes se reunieron con el gobierno para la revisión acordada no recibieron oferta alguna, a pesar de la gran diferencia con la inflación 2018. Nuevamente nos otorgan unilateralmente un dudoso 5% a cuenta del ajuste 2018, con sumas fijas en negro a partir del mes de Enero y en una fecha que hace imposible liquidarlo junto con los salarios.
El adelanto no se cobrará con los sueldos de Enero, sino que se liquidará posiblemente por planilla complementaria.
Los montos varían según categoría, dedicación y antigüedad debido a que se calculan sobre los sueldos básicos por un lado y sobre las sumas fijas por el otro. En el primer caso es una suma no remunerativa ni bonificable, y en el segundo caso se actualiza el adicional remunerativo no bonificable.
Consideramos que puede ser engorroso calcular el monto a percibir en estas condiciones, por lo que aconsejamos descargar de Internet o retirar en papel según la Facultad los recibos de sueldo y liquidaciones complementarias. Ante cualquier duda pueden consultarnos al respecto.
SUMA NO REMUNERATIVA NO BONIFICABLE
Se liquida como adelanto a cuenta según el siguiente detalle:
ADICIONAL REMUNERATIVO NO BONIFICABLE
El adicional remunerativo no bonificable que ya se viene cobrando, se incrementa a los siguientes valores:
GARANTIA SALARIAL
De acuerdo a los montos establecidos se modifican los valores del adicional por garantía salarial del siguiente modo: