Impuesto a las Ganancias
Con la liquidación de sueldos del mes de junio, comenzará a aplicarse la Resolución General 5008 de AFIP (Boletín Oficial 15/6/2021) que reglamenta la nueva ley del Impuesto a las ganancias para la cuarta categoría.
Todos aquellos docentes que tienen ingresos brutos de hasta $150.000 mensuales no van a tener retención del impuesto, y están exentos en el medio aguinaldo. Aquellos a los que se les haya retenido, van a tener una devolución debido a que ganancias es un impuesto anual, que la reglamentación establece que se realizará en cinco cuotas mensuales, a partir del próximo mes.
Los que tienen ingresos brutos entre 150.000 y 173.000, tendrán una deducción especial incrementada del impuesto de acuerdo a la tabla establecida en la RG 5008.
Los que tienen ingresos brutos superiores a $173.000 tendrán retenciones de acuerdo al sistema anterior, sin deducción especial.